Equidad no tan equitativa

Equidad no tan Equitativa

Por Igual Más

18/02/2014

                                                                                                                             Por Gustavo Demián Álvarez 

Ser persona con discapacidad no es ser inservible, ser discapacitado, muchas veces es sinónimo de grandes luchas, de mucho esfuerzo, de agudizar y perfeccionar otras capacidades que sólo pueden hacerlo las personas que por la razón que fuera (genética, accidente, enfermedad, etcétera) han perdido alguno/s de los sentidos con que dispone el ser humano. Y no por eso, los discapacitados debemos ser considerados menos; al contrario, está claro que la falta de alguno/s de los sentidos hace que agudicemos y perfeccionemos aun mas los otros.

Pero muchas veces, el tema no está solo en ser discapacitado, si no también, en la aceptación por parte de la sociedad, de los derechos que tiene un discapacitado, ya que, principalmente quienes  padecemos alguna discapacidad, muchas veces vemos violados nuestros derechos como seres humanos, y en general las personas con discapacidad a menudo sufrimos algún tipo de discriminación.
En la República Argentina hay más de 2 millones de personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa poco más del 7% de la población total del país, de los cuales, más del 70% de estos 2 millones de personas están sin un trabajo o sin gozar de los beneficios que prevee la Ley Nacional 22.431 (Sistema de protección integral de las personas con discapacidad). Este dato refleja claramente, que muchos de los derechos con que contamos las personas con discapacidad no se están cumpliendo.
 
La mencionada ley hace referencia a todos los aspectos que garantizan igualdad y/o equidad de condiciones de personas con discapacidad, como por ejemplo: salud, educación, transporte, empleo, etc.
 
En el art. 8 de la ley, hace referencia al cupo que debe ser cubierto por personas con discapacidad en la administración pública nacional, como así también en la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, que no debe ser menor al 4% (Ley 25.689) del total del personal de planta.
 
En el caso de la provincia de Córdoba, según Censo 2010, la cantidad de personas con discapacidad supera las 200 mil personas. La Ley Provincial N° 5624 y sus modificatorias, establecen un cupo laboral no menor al 5% para personas con discapacidad en la administración pública provincial, la cual tampoco se cumple, y más aún los organismos de gobierno encargados de la aplicación de esta ley no tienen  relevamiento alguno sobre la cantidad de personas discapacitadas actualmente laborando en las distintas reparticiones de la provincia.
La Municipalidad de Córdoba, tampoco es la excepción, desde el año 2000 rige este cupo laboral. Si bien la Ley Nacional a la cual la Municipalidad se adhirió establece un 4%, la Carta Orgánica Municipal, según Ordenanza 
 
N° 7244 y Ordenanzas modificatorias, establecen el cupo en un 5% el porcentaje de cargos a asignar a personas discapacitadas en la planta del personal de la Municipalidad. Según el % mínimo, la Municipalidad de Córdoba hoy debería tener 400 empleados con esas características, sin embargo hay sólo 45 (datos indicados por la Subsecretaría de Capacitación y Formación de Recursos Humanos). A pesar de esta repartición, que como funciones, tiene a cargo la de convocar a los concursos, hasta el momento únicamente ha realizado una sola convocatoria (2012) sin que como resultado se haya incorporado persona alguna con discapacidad.
El déficit cordobés es uno más de lo que sucede a nivel país, hace 30 años que Argentina tiene leyes de cupo para garantizar la inserción laboral de personas con discapacidad, y casi ninguna administración la cumple.
 
En el sector privado, a pesar de que las empresas gozan de una serie de beneficios por incorporar entre su personal, personas con discapacidad, también es bastante pobre o casi nula la incorporación de estos, más aun, considerando que en el sector privado no incorporan en general a personas mayores de 35 años.
 
No sólo laboralmente no se cumple la ley, también falta inversión por parte del Estado (nacional, provincial y municipal) en lo que respecta a transporte, ya que éste, en casi todo el país, ofrece condiciones muy mínimas y a veces por demás insuficientes para que personas con discapacidad puedan hacer uso del sistema público de transporte, como por ejemplo rampas elevadizas, indicadores sonoros de paradas, luces indicadoras de acciones, etcétera.
 
La presente nota se haría interminable si enumeramos todos los faltantes al cumplimiento de la ley y demasiado corta si nos referimos a lo que si se cumple; sólo se pretende con esto sensibilizar mas a la sociedad en su conjunto de que la equidad y la igualdad es un derecho de todos y no un bien de algunos.

(º) Hipoacúsico neurosensorial  bilateral severo.

Fuente: www.google.com/url?q=http://www.lmcordoba.com.ar/nota/135562_equidad-no-tan-equitativa&ct=ga&cd=MTY3NzUxNjg5MDQzMDgzMDU3MDk&cad=CAEYAA&usg=AFQjCNEB8I6yRc2vqvJc0lkObrSwhPkT0Q
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