Derecho a la educación: caso de jurisprudencia

Sumemo capaciddes por el derecho a una educación inclusiva

Por Igual Más

30/06/2015

 En Córdoba hace unos días, alumnos de la Escuela Divina Providencia reclamaron su derecho a estudiar y que sus títulos sigan teniendo validez oficial ante la emisión de una normativa que declaraba que sus títulos ya no tendrían validez oficial.

 

Un caso semejante relacionado a la educación se dio en Buenos Aires. A un alumno con una discapacidad física motriz, licenciado en Educación Física, no se le permitía inscribirse al profesorado en educación física en la Universidad de La Matanza, por lo que tuvo que recurrir a la justicia para que se le permita seguir estudiando.

 

La Sala II de la Cámara Federal de San Martín condenó a la Universidad Nacional de La Matanza a inscribirlo en el profesorado universitario en educación física y a efectuar los ajustes necesarios en los métodos de examen con el fin de que éstos no resulten imposibles para el alumno.

 

El tribunal analizó los antecedentes académicos y profesionales del alumno quien tenía una discapacidad motriz que fue diagnosticada como cuadriparesia espástica perinatal. Esta discapacidad no le impidió poder terminar su profesorado, trabajar como auxiliar de educación física, ser docente en Instituciones Educativas  y realizar una maestría. También tuvo en cuenta el informe que había realizado el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y concluyó que constituye un acto de manifiesta arbitrariedad e ilegalidad la negativa de la Universidad a inscribir al actor, licenciado en educación física por esa casa de estudios, en las materias faltantes para completar el profesorado universitario.

 

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, opinó que “el recurso de la Universidad Nacional de la Matanza no puede prosperar”.  Considero que ¨a pesar de la autonomía que tiene la Universidad  consagrado con jerarquía constitucional, está  ligado a los objetivos y fines que la institución cumple en el desarrollo de la sociedad y que no se puede desvincular a las universidades de las restantes disposiciones de la Constitución Nacional, puesto que esta no deja de formar parte del ordenamiento jurídico general”.

 

En la sentencia se hizo mención a los tratados firmados por Argentina donde en todos se protege el derecho al acceso a la educación de las personas con discapacidad sin exclusiones arbitrarias. A que todos puedan disfrutar de una educación disponible, accesible, aceptable y adaptable en un pie de igualdad con el resto de los individuos.

 

En un informe realizado por INADI se declara que la tecnología da herramientas a las personas para poder ejercer la docencia incluso en aquellas actividades que una persona no puede realizarlas, “Un/a profesor/ a de educación física tendrá como alumnos/as a personas con distintas destrezas físicas. Cabe suponer que el día de mañana, el alumno, si obtuviera efectivamente el título requerido- podría encontrar dentro de su alumnado a personas con características físicas idénticas a la suya propia”, por lo que no habría mejor estímulo para ese alumno/a ver como profesor de educación física a una persona cuyas características físicas no coinciden necesariamente con los cánones impuestos desde la concepción tradicional del cuerpo«.

 

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad estableció  que la discapacidad no es solo una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, sino que también se encuentra determinada por las barreras o limitaciones que socialmente existen para que las personas puedan ejercer sus derechos de manera efectiva. Y en su Art. 24 nos habla del ¨derecho sin discriminación e igualdad de oportunidades y que los Estados partes aseguraran un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza¨.

 

Informe Realizado por

Susana B. Cerda 

Equipo de Abogadas 

Fundación Por Igual Más

 

 

Material Extraído de:

-CSJ 94/2014 50-N CS001 Naranjo Emiliano C/ Univ. Nac. De La Matanza http://www.diariojudicial.com/documentos/2015_Junio/Naranjox_EmilianoP.c Universidad de La Matanza.pdf

 

-Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

http://www.convenciondiscapacidad.es/

 

 

-INADI -Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

http://inadi.gob.ar/

 

 

 

 

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