La persona con discapacidad debe saber que hay leyes dictadas de franquicias tributarias para la adquisición de automotores.
Beneficios:
⦁ Una contribución del Estado para adquirir un vehículo de industria nacional que no superará el 50% del precio de contado de venta al público del automóvil estándar sin accesorios opcionales ni comandos de adaptación.
⦁ Igual al punto anterior, con exención de los gravámenes que recaigan sobre la unidad adquirida establecidos por la ley de impuestos internos y al valor agregado.
⦁ Adquisición de un automóvil de origen extranjero modelo estándar, sin accesorios opcionales, con los mecanismos de adaptación necesarios. La autoridad de aplicación podrá autorizar la importación para consumo de los comandos de adaptación necesarios para incorporarlos a un auto de producción nacional. En ambos casos las importaciones estarán exentas del pago de derechos de importación, de las tasas de estadísticas y por el servicio portuario, y de los impuestos internos y al valor agregado.
Requisitos:
⦁ Médicos:
Cocluyen con una junta médica para determinar si el peticionante está en condiciones de solicitar la franquicia.
Impositivos:
– Acreditar a la fecha de la solicitud mediante depósito bancario, tenencia accionaria, tenencia de títulos o tenencia de bienes de fácil realización un importe similar al del valor del vehículo que pretende adquirir más los gastos previos a su efectiva utilización.
-Haber tenido la persona con discapacidad o su grupo familiar durante los últimos 12 meses inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, ingresos mensuales no inferiores al 5% del valor del auto a adquirir.
Trámites:
Para tramitar la franquicia para la compra de un auto para personas con discapacidad hay que dirigirse a la sede del Servicio Nacional de Rehabilitación más cercana (En Buenos AIres queda en Ramsay 2250, Capital) Para otras provincias consultar en: http://www.snr.gob.ar/
Los requisitos son:
*Solicitud de franquicia.
*Certificado médico original.
*Fotocopia del DNI/LC/LE del Solicitante.
*Fotocopia del registro de conducir del beneficiario.
*Fotocopia del DNI/LC/LE y de la licencia vigente de un familiar conviviente en caso de que el solicitante no conduzca.
*Curatela/Tutela (sólo en aquellos casos en que el interesado tenga discapacidad mental y sea mayor de 21 años).
*Original de la resolución de la AFIP (donde se acredita capacidad económica del solicitante y/o núcleo familiar).
*Factura pro forma original o fotocopia intervenida por la AFIP (de un automotor standard, que debe estar homologado por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, y el de menor precio dentro de los de su modelo).
Para autos importados se solicitará:
-Marca, modelo y versión del vehículo elegido.
-Valor FOB (valor en puerto de origen).
-Precios de lista.
-Valor final.
-Nº VIN.
-Procedencia.
Para autos nacionales:
-Marca, modelo y versión
-Valor de plaza del automóvil.
IVA descontado (21%).
Valor final a abonar por el solicitante.
0 comentarios