Derecho al trabajo: leyes y caso de jurisprudencia en Argentina

derecho al trabajo: leyes y caso de jurisprudencia en Argentina

Por Igual Más

06/07/2015

En Argentina existen varias leyes que protegen a las personas con discapacidad en la parte laboral, pero aun así éstas se encuentran con numerosas barreras cuando quieren insertarse al mundo laboral. A continuación, se presentan algunas d elas leyes y un caso que sentó jurispruencia.

 

La Ley 22.431 establece un cupo laboral mínimo obligatorio del 4% para las personas con discapacidad en las instituciones públicas. No obstante, a pesar de existir esta normativa, no se respeta el cupo establecido por lo que se debe recurrir a la justicia para hacer valer estos derechos.

 

El Juzgado Federal Civil de Tucumán, Secretaria II, el 22 de octubre de 2010 en los Autos: “C. M. c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN S/ AMPARO”, dictó sentencia haciendo lugar a la acción  de una joven con discapacidad que solicitaba que se le reconozca su derecho a ingresar en una vacante laboral en la Universidad Nacional de Tucumán, teniendo en cuenta el cupo obligatorio del 4% que establece la Ley 22.431 en su art. 8, debiéndose producir tal ingreso en las próximas designaciones, teniendo en cuenta el cupo mínimo laboral y, en función a las aptitudes laborales de la actora, a cuyo fin deberá proceder a efectuar los pertinentes exámenes en un plazo no mayor a sesenta días, conforme establece el fallo.

 

Destaca el juez de la causa, Mario Agustín Racedo, en el fallo en cuestión que: “la pretensión de la amparista se encuentra consagrada y protegida por normas constitucionales, tratados internacionales y regímenes legales especiales, procurando su integración con la comunidad y el respeto al derecho de igualdad¨.

 

 

Este fallo crea un importante precedente,  reconociendo un derecho ya consagrado en nuestro ordenamiento jurídico. Tenemos numerosas leyes como la Ley 26.816 que establece un Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad, que tiene como objetivo promover el desarrollo laboral de las personas con discapacidad mejorando el acceso al empleo y posibilitar la obtención, conservación y progreso en un empleo protegido y/o regular en el ámbito público y/o privado. Como así también, impulsar el fortalecimiento técnico y económico de los Organismos Responsables para la generación de condiciones protegidas de empleo y producción que incluyan a las personas con discapacidad. El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben garantizar la igualdad de oportunidades para todos los habitantes que se encuentren en situación de trabajo o que aspiren a incorporarse a la actividad productiva, para lo cual debe atenderse la situación de los sectores más vulnerables o insuficientemente protegidos de la sociedad, como son los trabajadores no registrados, los niños y los discapacitados, asegurando también la igualdad de oportunidades para las mujeres.

 

En Córdoba tenemos la Ley 4.767 que establece que el Poder Ejecutivo reservará, para ser cubiertos con no videntes, un porcentaje de cargos de la Administración Pública y Empresas del Estado, siempre que no afecte la eficiencia del servicio y aquellos puedan desempeñarse en iguales condiciones que los no lisiados.

 

La misma sociedad cree que las personas que tienen alguna discapacidad no pueden desarrollar su trabajo en forma eficiente. Sin embargo, no se debe tener en cuenta la discapacidad de las personas sino su idoneidad para desempeñarse en un puesto laboral, a todo lo que sí pueden hacer, a su capacidad y no mirar sólo la discapacidad.

 

Las empresas deben tomar las medidas necesarias para que las personas con discapacidad puedan realizar su labor en las mejores condiciones posibles como rampas de acceso para personas con sillas de ruedas, baños para discapacitados, ascensores, etc.

 

Bibliografía Citada

-“C. M. c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN S/ AMPARO”,http://www.revistarap.com.ar/Derecho/administrativo/empleo_publico/1adm0079099989000.html

-Ley 22.431 http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/20620/norma.htm

-Ley 26.816 Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=207088

-Ley Provincial Nro. 4767 Reserva de cargos para ser cubiertos po no videntes en la Administración Publica y Empresas del Estado en la Prov. de Cba. http://mapalegislativo.org.ar/index.php/legislacion/por-territorio/nacion/35-discapacidad/1637-ley-26816-regimen-federal-de-empleo-protegido-para-personas-con-discapacidad

 

Informe Realizado por:

Susana B. Cerda

Equipo de Abogadas

Fundación Por Igual Mas

Fuente de imagen: http://derecholaboralucc501.blogspot.com.ar/2015/04/primer-corte.html

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